Esto para evitar actuaciones que generen alta afluencia de personas y que propicien la concurrencia de usuarios en un mismo espacio; este período es declarado como días inhábiles pero laborables, por lo que no correrán plazos y términos legales en procedimientos ordinarios y especiales individual, menos en el procedimiento de huelga y procedimientos colectivos de naturaleza económica.
Solo se atenderán trámites relacionados con celebración de convenios, cumplimientos de laudos, desistimientos y procedimientos laborales colectivos, permitiendo solo el acceso al edificio a los interesados; en Oficialía de Partes solo se reciben los asuntos mencionados y están habilitados los secretarios generales o auxiliares para recibir promociones de este tipo.
El horario de atención al público de las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje es de 9 de la mañana a 3 de la tarde de lunes a viernes menos los días de descanso obligatorio; lo anterior puede ser consultado y descargado en el enlace http://bit.ly/JLCA231020.
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